Código de conducta

I. INTRODUCCIÓN

El Código de Conducta de RESSOLVE S.A.S. (en adelante la “Compañía”) es la guía que refleja los

comportamientos esperados y no esperados, presentes en nuestro día a día, que nos permiten ser

consistentes y cuidar nuestros principios y valores. En él se encuentran los comportamientos que se

esperan de nosotros. Así mismo, los comportamientos no esperados que se agrupan en tres tipologías:

fraude, violación laboral y conflicto de interés.

Es obligación general de cada trabajador, no incurrir en conductas que constituyan fraude, violación

laboral o conflicto de interés. En este sentido, el presente código de conducta constituye una instrucción

de trabajo de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 23 del Código Sustantivo del

Trabajo y el numeral 1) del artículo 58 del mismo Código.

II. FRAUDE

Fraude Corrupción, Soborno y Extorsión: Engaño intencional diseñado para obtener un

beneficio o ventaja.

Robo y/o Extravío: Consiste en el apoderamiento ilegítimo de bienes de la Compañía o sus

trabajadores.

Uso Indebido de Recursos: Cualquier mal uso que se le dé a los recursos proporcionados por la

Compañía para el desempeño de las funciones laborales.

Revelación de Información Confidencial – Privada: Uso indebido de información que el

trabajador haya conocido por razón o con ocasión de su cargo o función, y que no sea objeto de

conocimiento público.

FRAUDE EN PROCESOS

Cobro de Servicios sin Costo en la Entidad: Solicitud por parte de un trabajador de una

compensación económica a cambio de servicios que son prestados sin cobro por la entidad

correspondiente.

Falsos Reportes de Estados Financieros: Mostrar una situación financiera que no corresponde

a la realidad y que puede motivar la toma de decisiones equívocas por parte de los grupos de

interés.● Omisión en Procesos: Es la variación intencional en los trámites existentes dentro de las

diferentes áreas de la Compañía con el fin de afectar la operación, confidencialidad o reputación

de la empresa para obtener un beneficio.

Uso Indebido de Marca y/o Logo: Cualquier utilización de la marca y/o logo de la Compañía sin

previa autorización para su uso para conseguir un beneficio.

Violaciones de Controles, Leyes y Regulaciones: Omisión de políticas o procedimientos de la

empresa o aprovechamiento de la ausencia de controles por parte de los trabajadores.

DELITOS INFORMÁTICOS

Daño a los Componentes Informáticos: Acción que se da por vías informáticas y que tiene

como objetivo destruir y dañar ordenadores, medios electrónicos y redes de Internet.

Uso Indebido de Documentos y/o Bases de Datos: El trabajador que en provecho propio o de

un tercero, compre, venda o intercambie información que se encuentra bajo la administración de la

Compañía.

Pérdida y Uso Indebido de Activos Informáticos: Es la acción u omisión que conduce a darle

una destinación a un activo de la Compañía diferente al autorizado o que genera la destrucción o

extravío de este.

SARLAFT

Lavado de Activos: Es el conjunto de actividades encaminadas a ocultar el origen ilícito o a dar

apariencia de legalidad a recursos obtenidos producto de la ejecución de actividades ilícitas

Financiación del Terrorismo: Es el conjunto de actividades encaminadas a canalizar recursos

lícitos o ilícitos para promover, sufragar o patrocinar individuos, grupos o actividades terroristas.

III. VIOLACIÓN LABORAL

Daño a los Componentes Informáticos: Acción de un superior jerárquico que sobrepasa el

ejercicio de sus funciones exigiéndole a un trabajador, a partir de amenazas como la pérdida del

empleo o cualquier otra, que realice determinadas acciones o actividades que no se encuentran

entre las que debería desarrollar.

Acoso Laboral: Conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado por parte de un

empleador, jefe, compañero de trabajo o subalterno, encaminada a infundir miedo o intimidación;

causando perjuicio laboral, generando desmotivación en el trabajo o induciendo la renuncia de

este.● Acoso Sexual: Comportamiento verbal, no verbal o físico no deseado de índole sexual con el

propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea en

entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.

Discriminación “Matoneo”: Comportamientos ofensivos por parte de un empleado (par o igual,

subalterno o superior) o varios empleados que perturban, alteran o producen desprecio o

desánimo en otro trabajador, fomentando la violencia psicológica.

Amenazas: Es la acción de constreñir o forzar a otra persona para que haga u omita alguna cosa,

afectando su integridad física o psicológica con el propósito de obtener un beneficio por parte de

un externo.

DAÑO A LA IDENTIDAD CORPORATIVA

Competencia Desleal: Actividades dirigidas a aumentar una participación en el mercado o a

eliminar o afectar la competencia, por medio de comportamientos que implican la violación de

reglas de la Compañía o de carácter legal.

Malas Prácticas Comerciales: Cualquier acción indebida que contravenga los principios de la

Compañía y que se desarrolla con el fin de colocar o vender productos en el mercado o modificar

las condiciones de estos o tener un beneficio propio.

Comportamiento no Ético de los trabajadores: Deterioro de la imagen de la Compañía como

consecuencia de un manejo inadecuado de las finanzas personales y relaciones comerciales o

públicas.

IV. CONFLICTO DE INTERÉS

¿Qué es? Situaciones que se pueden presentar en la gestión de un trabajador y que pueden llegar a

alterar su buen juicio para la toma de decisiones.

¿En qué casos hay conflicto de interés? Al participar en las decisiones relacionadas con la selección,

nombramientos, promociones de trabajadores o cuando hay algún grado de parentesco con los

candidatos.

PARENTESCO:

Consanguinidad: Padre, Madre Hijos Hermanos.

Afinidad: Esposo(a) Yerno, Nuera Suegro(a) También se puede presentar conflicto de interés

cuando:● Regalos e Invitaciones: Los trabajadores solo podrán aceptar, regalos o invitaciones en

desarrollo de las actividades realizadas en la Compañía, hasta un límite de monto y frecuencia por

empleado: 100 USD y 1 al año por otorgante, al recibirlos deben notificar a gh@ressolve.ai.

Hospitalidades: Los gastos derivados de invitaciones a participar en seminarios, congresos,

foros, por parte de clientes o aliados que sean necesarios de acuerdo con el core del negocio,

serán asumidos por la Compañía y se evaluará la conveniencia de aceptar el pago del valor de la

inscripción.

¿Qué se debe hacer cuando se presenta Conflicto de Interés?

● Mencionarlo al jefe o líder.

● Escalarlo a Recursos Humanos, área administrativa o área responsable según el tema.

● El área responsable lo gestiona, resuelve, y lleva una base histórica.

Comportamientos no esperados:

● Aceptar directamente o a través de familiares o amigos dineros; dádivas (atenciones, detalles,

regalos), favores sustanciales o cualquier tipo de ayudas que debido a las cuantías y/o

frecuencias, puedan tener la intención de obtener un beneficio por parte de un tercero y que esta

circunstancia pueda conllevar a influir sobre otras personas en la ejecución u omisión de tareas y

que además pueda afectar la toma de decisiones sanas, bien sean inmediatas o futuras.

● Dar o proponer, directamente o a través de familiares o amigos, dineros, dádivas, favores

sustanciales o cualquier tipo de ayudas que puedan influir sobre un tercero en una decisión que

genere un beneficio propio o a favor de la Compañía.

● Efectuar o definir contratos, o tomar decisiones que favorezcan a familiares o amigos.

● Tomar como propias o comercializar las creaciones, invenciones, software, manuales,

descubrimientos y mejoras en los procedimientos elaborados y patrocinados por la empresa

durante el tiempo en que preste los servicios a la misma.

● Celebrar operaciones con personas sobre las cuales existan indicios de que participan o han

participado en actividades delictivas.

● Agredir, maltratar, o cometer cualquier forma de vejámenes, trato desconsiderado y ofensivo y en

general todo ultraje a la dignidad humana.● Dar o sugerir declaraciones a medios de comunicación sobre eventos internos o externos. (Se

exceptúan las personas encargadas de las relaciones públicas o autorizadas expresamente por la

Compañía para tal fin).

● Divulgar información confidencial y/o privilegiada relacionada con los siguientes ítems:

– Estados financieros o de resultados que no hayan sido presentados públicamente.

– Datos de trabajadores, usuarios, accionistas, clientes, intermediarios o proveedores.

– Procesos de negocio, de apoyo o información sobre infraestructura tecnológica.

– Datos que comprometan la seguridad y los activos por acciones fraudulentas.

– En general, cualquier información que pueda poner en condición de desventaja a la empresa

frente a la competencia.

● Utilizar y/o aprovechar inapropiadamente y para beneficio personal o de terceros, la información a

la que se tiene acceso en desarrollo del vínculo con la Compañía.

● Distribuir o consumir sustancias prohibidas o drogas controladas e ilegales.

● Asistir al lugar de trabajo en estado de embriaguez o bajo efectos de drogas controladas e

ilegales.

● Presentar y/o aceptar conductas indebidas o que atenten contra la moral y las buenas costumbres

en reuniones sociales internas o gremiales, que comprometan la imagen de la Compañía.

● Irrespetar a los demás con juegos o bromas de mal gusto.

● Utilizar los activos o el buen nombre de la Compañía para la realización de intereses personales.

● Promover o facilitar a clientes y proveedores y demás grupos de interés, prácticas que tengan

como objeto la evasión o elusión fiscal.

● Promover o realizar campañas políticas o religiosas al interior de la empresa que puedan afectar el

comportamiento de sus trabajadores.

● Utilizar los medios y herramientas destinados por la Compañía; como por ejemplo el correo

electrónico, para el envío de cadenas, proselitismo político, religioso, o de cualquier otra índole.

● Registrar o publicar sin previa autorización información, documentos de la Compañía o de sus

trabajadores, videos o fotografías de eventos oficiales en las redes sociales a través de la Web

(Instagram, Facebook, Twitter, etc.) y/o telefonía móvil.● Promover o realizar rifas, colectas, ventas, servicios o préstamos con clientes, proveedores,

colaboradores o compañeros de trabajo.

● Portar armas o explosivos de cualquier tipo en las instalaciones de la Compañía (salvo el personal

autorizado).

● Utilizar el nombre de la Compañía y sus productos sin la debida autorización, con la finalidad de

efectuar campañas que puedan comprometer el nombre de estos.

● Realizar cualquier tipo de conducta o actitud que pueda implicar acoso laboral o sexual y

desatender por parte de los superiores las denuncias que haga un trabajador al respecto.

● Abusar del cargo, posición y/o funciones dentro de la Compañía para impartir instrucciones que

violan las políticas y conductas establecidas.

● Permitir el incumplimiento de normas o políticas establecidas por la Compañía argumentando

lealtad por parte de trabajadores o jefes.

● Adoptar retaliaciones por el cumplimiento del deber ético de denunciar contra trabajadores,

clientes y usuarios.

Comportamientos esperados:

● Atender a todos los clientes y demás grupos de interés de acuerdo con los principios de igualdad y

oportunidad. Es decir, a ofrecerles el máximo respeto, cordialidad y tolerancia.

● Tratar sin discriminación (de raza, género, religión, limitaciones físicas o de salud, preferencia

sexual o nacionalidad) a los clientes, compañeros y demás grupos de interés.

● Honrar y cumplir con oportunidad y disciplina los compromisos, reuniones y entrega de resultados

propios del cargo o posición que desempeño.

● Explicar a los clientes, compañeros y demás grupos de interés de manera clara y precisa, los

usos, beneficios, servicios y condiciones contractuales de los productos sin omitir

intencionalmente alguna de sus características.

● Ser prudente en el comportamiento y en el lenguaje verbal y no verbal, tanto dentro como fuera de

la Compañía.

● Hablar bien de la marca y promoverla, exaltando siempre la importancia que ésta representa en la

buena imagen que nuestra Compañía debe tener en el sector al cual pertenece.● Ser respetuoso con la competencia, sus productos, sus trabajadores y sus clientes de tal manera

que no se atente contra su buen nombre.

● Enaltecer la imagen de la Compañía con un manejo impecable de sus finanzas personales,

endeudamiento y relaciones comerciales.

● Responder por el uso de mis claves de acceso a los sistemas de información y mantenerlas de

manera confidencial. Fomentar en los demás trabajadores la cultura de la seguridad en los medios

de acceso.

● Instalar sólo los programas de computador y dispositivos de hardware que estén autorizados por

la Compañía y respaldados con licencias de protección de la propiedad intelectual y derecho de

uso y explotación. En este sentido, abstenerme de copiar y compartir software sin la debida

autorización.

● Utilizar las oficinas, dependencias, sistemas de información, acceso a la red y demás elementos

de trabajo de la Compañía, únicamente para propósitos aprobados y comunicados por la empresa.

● Comunicar al área de Recursos Humanos, el grado de parentesco formal y/o cualquier relación

personal que pueda generar conflicto de interés, que tenga o establezca con otros trabajadores de

la misma Compañía.

● Proteger y guardar la debida reserva y confidencialidad de los documentos e información a los que

tengo acceso con relación a mi trabajo.

● Comunicar a la Compañía los ingresos adicionales y/o incrementos patrimoniales significativos,

propios y/o del cónyuge, compañero permanente, hijos, padres y hermanos de acuerdo con las

directrices que se señalen para el efecto.

● Informar a la Compañía de manera explícita aquellos ofrecimientos significativos de terceros tales

como pasajes, estadías vacacionales, favores sustanciales, regalos, etc. que puedan tener como

propósito obtener algún beneficio para sí o interpuesta persona.

● Mantener un enfoque preventivo que favorezca el medio ambiente, fomentar iniciativas que

promuevan la responsabilidad ambiental y favorecer el desarrollo de estas.

● Comunicar a la Compañía, si como producto de una conducta delictiva se ve en riesgo la

integridad física y moral en lo personal y familiar.V. RÉGIMEN DISCIPLINARIO.

EL INCUMPLIMIENTO de cualquiera de las prohibiciones u obligaciones contenidas en el presente

código de conducta, constituye justa causa de terminación del contrato de trabajo, para lo cual se deberá

seguir lo que para tales casos prevea el Reglamento Interno de Trabajo de la Compañía.

Se firma en Medellín, el 08 de septiembre de 2022.